Son funciones del Defensor del Consumidor Financiero las siguientes:
El Defensor del Consumidor Financiero no podrá atender las siguientes quejas:
Para radicar cualquier queja o reclamo ante el Defensor del Consumidor Financiero designado por RENTA4 GLOBAL FIDUCIARIA, se debe enviar una solicitud en forma física o por correo electrónico a:
Defensor del Consumidor Financiero Principal: Juan Sebastian Portilla Portilla
Dirección: Avenida 19 N° 114 – 09 Oficina 502 de Bogotá
Teléfono:57(1) 2131370 - 2131322
Celular: 3219240479
Correo electrónico: contacto@pgabogados.com
Página web: https://www.defensoriapgabogadosasociados.com
Defensor del Consumidor Financiero Suplente: Cesar Alejandro Pérez Hamilton
Dirección: Avenida 19 N° 114 – 09 Oficina 502 de Bogotá.
Teléfono:57(1) 2131370 - 2131322
Celular: 3219240479
Correo electrónico: contacto@pgabogados.com
Página web: https://www.defensoriapgabogadosasociados.com
Para presentar su queja o reclamo es necesario realizarla mediante carta radicada o mediante correo electrónico a la dirección antes indicada según corresponda.
Es indispensable que su queja incluya la siguiente información:
Conozca el proceso DCF aquí y el flujograma del proceso aquí
Es importante tener en cuenta que, en cualquier etapa del trámite de una queja, las partes podrán solicitar la actuación del Defensor del Consumidor Financiero como conciliador, en los términos establecidos en el literal c). del artículo 13 de la Ley 1328 de 2009. En tal caso, se suspenderá el trámite de conocimiento ordinario del DCF y se citará a una audiencia de conciliación de conformidad con lo previsto en la Ley 640 de 2001. La decisión así adoptada prestará mérito ejecutivo y tendrá efectos de cosa juzgada.
El consumidor financiero podrá desistir de su queja o reclamo en cualquier momento del trámite mediante documento dirigido al Defensor del Consumidor Financiero.
El incumplimiento de las normas en materia de protección al consumidor financiero, incluidas las obligaciones a cargo del DCF y de las entidades vigiladas para con él, puede ser sancionado por la SFC en la forma prevista en la parte séptima del EOSF y el art. 53 de la Ley 964 de 2005 y demás normas que los modifiquen o sustituyan.
El servicio del Defensor del Consumidor Financiero es completamente gratuito, lo que significa que cualquier persona tiene derecho a recibir orientación, información y apoyo sin incurrir en ningún costo. Este principio garantiza que los consumidores puedan ejercer sus derechos, presentar quejas, resolver inquietudes y obtener asesoría sobre productos y servicios financieros de manera libre y accesible. La gratuidad del servicio refuerza la transparencia y la equidad en las relaciones entre las entidades financieras y sus clientes